Acta de venta de una embarcación de recreo o a motor:
nuestra guía para vendedores y compradores
¿Desea vender o ceder su embarcación de recreo de segunda mano, o solo su motor de barco?
El procedimiento es idéntico para todos los tipos de embarcaciones – veleros, lanchas motoras, yates… – para todos los Vehículos Náuticos a Motor (VNM) – motos acuáticas o scooters marinos – así como para todos los motores: el contrato de compraventa debe asegurar la transacción para todas las partes interesadas, vendedores y compradores.
Nuestro servicio de acompañamiento para navegantes y profesionales del sector náutico le explica los diferentes escenarios.
Generador de factura de venta
Contrato de compraventa de motor
Desembarco con el motor en marcha
El contrato de compraventa de una embarcación: un documento indispensable para una transacción exitosa
Un documento para asegurar la venta o la compra de un barco
En cualquier transacción náutica, en el contexto de la venta de un barco o de un motor, el contrato de compraventa es un documento clave. Este contrato oficializa la cesión de la propiedad entre uno o varios vendedores y uno o varios compradores.
El contrato de compraventa protege a ambas partes y garantiza la legalidad de la transacción. En caso de litigio, ¡es el documento que hace fe!
Un documento obligatorio para la transferencia de propiedad de una embarcación o un motor
Ante los agentes administrativos de la náutica de recreo, la transmisión de la propiedad exige la presentación de un contrato de compraventa de una embarcación de recreo debidamente cumplimentado y firmado. Sin este documento, el comprador no puede matricular la embarcación a su nombre ni navegar legalmente.
En el acto de venta de una embarcación o un motor, información esencial a incluir
- La identidad del vendedor y del comprador
Deben detallarse los nombres, apellidos, direcciones completas, números de teléfono y, si es posible, los documentos de identidad de ambas partes. En caso de copropiedad, cada propietario de la embarcación debe figurar en el acta de venta.
- Descripción de la embarcación o del motor
En el documento, debe especificarse el tipo de embarcación: velero, barco a motor, moto acuática... así como la marca, el modelo, el número CIN/HIN/WIN y ciertas características técnicas como la eslora y la potencia del motor.
Cuando se trata del acta de venta de un motor solo, deben mencionarse el número de serie, el modelo y la potencia del equipo.
- Las condiciones de la venta: precio, fecha, firmas...
Finalmente, deben figurar el precio de venta acordado, la fecha de la transacción y las firmas de todas las partes involucradas.
Atención: ¡cualquier omisión por parte de una u otra de las partes puede invalidar el acta!
Generador de factura de venta
Acta de venta de motor
Desmontaje del motor
Documentos a presentar en la venta o la compra
Documentación del vendedor:
- El documento de identidad o pasaporte del vendedor
Los documentos del barco:
- La tarjeta de circulación para embarcaciones de recreo o motos acuáticas, en zonas marítimas o aguas interiores
- El acta de abanderamiento para embarcaciones de recreo
Estos dos documentos oficiales son requeridos para cualquier cambio de propiedad ante la administración marítima. Los documentos originales deben entregarse al comprador en el momento de la venta.
¡Sin estos documentos, la matriculación de una embarcación es imposible!
Los documentos del motor:
- El contrato de compraventa del motor (obligatorio si se compró de segunda mano), acompañado del documento de identidad del vendedor (pasaporte o DNI)
Los demás justificantes: prueba de propiedad, certificado de transmisión…
En caso de herencia o compra en el extranjero, pueden exigirse documentos adicionales: una declaración de herederos, un certificado de baja, una declaración de conformidad del barco...
Los trámites administrativos que deben realizarse tras la venta o la compra
La mutación de propiedad
Tras la transacción, el comprador dispone de 30 días para presentar una solicitud de cambio de propiedad ante la administración marítima. Esta debe ir acompañada de la escritura de compraventa de la embarcación, así como de los títulos del buque.
La matrícula del barco
La venta declarada por el nuevo propietario, este se convierte en responsable legal de la embarcación. Le corresponde el deber de actualizar el título de navegación de la embarcación. Este se modifica, e incluye entonces la nueva información: el nombre del o de los nuevos propietarios, del o de los nuevos motores si los hay, así como los detalles del pabellón.
Los casos especiales: copropiedad, sucesión, compra en el extranjero…
En algunos casos, el procedimiento de venta o transferencia es un poco más complejo y requiere de otras formalidades además del simple llenado del contrato de compraventa de una embarcación de recreo de segunda mano. Este es el caso, por ejemplo, de la copropiedad, la compra de una embarcación de recreo en el extranjero o la herencia.
En caso de venta o compra de la embarcación en copropiedad
50%, 30%, 20%...: La escritura de compraventa debe mencionar la distribución exacta de las participaciones, o los porcentajes exactos de propiedad de cada copropietario. Todos los copropietarios vendedores y compradores también deben, por supuesto, firmar todos los documentos.
En el contexto de la herencia de un barco
Los trámites administrativos relacionados con la herencia de una embarcación de recreo pueden ser complicados. Los servicios administrativos marítimos exigen una declaración de herederos, expedida por el notario encargado de la sucesión de los bienes del difunto. Este documento sirve como acta de venta para permitir el cambio de titularidad.
En caso de transacción realizada en el extranjero
Si el barco de segunda mano se compra fuera de Francia metropolitana (Córcega incluida), deberá seguir el procedimiento con aún más precauciones y prestar especial atención a la documentación administrativa. Dos documentos serán esenciales para poder matricularlo bajo pabellón francés:
- La Declaración Escrita de Conformidad del barco (DEC)
- Un Certificado de Baja del pabellón extranjero
La escritura de venta de un motor de barco: para cualquier cambio de motor en una embarcación de recreo
Un documento esencial para la transacción de un equipo de motorización
Cualquier cambio de motor en una embarcación de recreo o en una moto acuática implica una declaración obligatoria a las administraciones en un plazo de un mes. En caso de venta o compra de un motor solo, se requiere un acta de venta para motor de embarcación: esta es obligatoria para proceder al registro del cambio ante la Autoridad Marítima.
En caso de primera matriculación y si el motor instalado en la embarcación ha sido adquirido de segunda mano, deberá adjuntar este acta de venta a su solicitud de matriculación de embarcación. El acta de venta del motor sustituye a la factura de compra de un motor nuevo a un profesional y tiene el mismo valor legal.
A tener en cuenta: ¡la presentación del documento de identidad del vendedor del motor también es obligatoria para validar el registro del motor en el título de navegación!
El certificado de desembarque, para el reemplazo del motor de un barco
Si cambia el motor de su embarcación de recreo o moto acuática, deberá obligatoriamente solicitar la baja del motor anterior en el plazo de un mes. Esta solicitud, sujeta a la validación de las administraciones, debe rellenarse si no dispone de factura ni de acta de venta, o si le falta parte de la documentación, en cuyo caso le recomendamos que aporte fotografías del motor y su número de serie.
De hecho, deberá adjuntar a su expediente el certificado de retirada del motor, rodeando el motivo correspondiente a las razones de la retirada.
Compraventa de embarcaciones de recreo entre particulares, cesión de un motor de barco…
Los asesores de Bateau-immatriculation.com pueden encargarse de los distintos trámites administrativos para ahorrarle un tiempo precioso. ¡Déjese acompañar en su próxima transferencia de propiedad de un barco de recreo, o en la compraventa de su motor de barco!