División 240 Seguridad de los buques de recreo
Información sobre la normativa francesa
La División 240, ¿qué es? Es posible que te hayas encontrado con este nombre al aprender el código para obtener tu permiso de navegación. En Francia, la División 240 es un texto reglamentario relativo a los buques y embarcaciones de recreo de eslora inferior o igual a 24 metros. Define el equipo de armamento y seguridad obligatorio que debe llevarse a bordo.
¿Quién está involucrado?
Propietarios o arrendatarios, todos los capitanes de barcos franceses de este tamaño están afectados, ya sea para uso personal o de formación. Los barcos que no enarbolan bandera francesa,
pero cuyo propietario tiene su residencia fiscal o su sede social en Francia, también deben consultarlo.
¿Por qué esta división 240?
La División 240 está diseñada para garantizar, en la medida de lo posible, la seguridad de los miembros de la tripulación a bordo de una embarcación de recreo en navegación.
¿Cómo?
El texto establece una lista de equipos obligatorios y recomendados e impone la cantidad de elementos que deben llevarse a bordo, en función del número de personas embarcadas, del tipo de embarcación y de la zona de navegación elegida. Algunos equipos deben cumplir una norma, presentar un marcado que acredite un cierto nivel de calidad o justificar una fecha de caducidad no superada.
¿Dónde?
El texto parte de la base de que, cuanto más lejos de la costa esté el programa de navegación, más peligrosa puede resultar la navegación. Asimismo, la lista de material obligatorio de armamento y seguridad difiere en función de la zona de navegación prevista, y se amplía a medida que uno se aleja de un refugio. Se distinguen cuatro zonas:
- Básica, hasta 2 millas náuticas (mn) de un refugio
- Costera, de 2 a 6 mn de un refugio
- Semi-costera, entre 6 y 60 mn de un refugio
- De altura, de 60 mn de un refugio a mar abierto
La normativa también se aplica a las embarcaciones pequeñas, como las embarcaciones auxiliares. La norma es
específica a este respecto: indica que el navegante no puede, con ella, alejarse más de 300 metros de un refugio. Una única excepción para navegar a bordo de ellas a más de 300 metros de la costa: estar en un radio de 300 metros alrededor de la embarcación nodriza, que entonces representa un refugio. En este caso, el navegante debe tener a bordo el material de seguridad adecuado para cumplir la normativa.
¿Cuándo?
El navegante siempre está obligado a cumplir la normativa. El incumplimiento de la División
240 constituye una infracción y puede dar lugar a sanciones.
El equipo de seguridad obligatorio y recomendado, descifrado
Equipo individual de flotabilidad (EIF)
¡Es el dispositivo que debe hacer flotar al hombre al agua! Puede ser un traje de protección,
un chaleco salvavidas de espuma o inflable, de activación manual o automática. Debe
cumplir una norma, y su tipología y flotabilidad deben adaptarse al usuario y a la zona de navegación. Se debe prever un EIF para cada miembro de la tripulación en el barco, así como en la embarcación auxiliar, a más de 300 metros de un refugio.
Dispositivo luminoso
Es el equipo de seguridad que permite ser visto si se cae al agua. Puede ser una linterna sumergible o un equipo individual asociado a cada chaleco salvavidas de a bordo, como una luz estroboscópica automática, una barra luminosa o Cyalume. El dispositivo, que debe tener una autonomía de al menos 6 horas, es obligatorio en todas las embarcaciones y también en las embarcaciones auxiliares a más de 300 metros de un refugio.
Medios móviles de extinción de incendios
Para poder reaccionar en caso de incendio a bordo, es necesario embarcar medios móviles de lucha contra el incendio, es decir, uno o varios extintores y una manta ignífuga. Los dispositivos deben cumplir la normativa y estar colocados de forma inteligente en relación con los posibles peligros. Se consultará
el manual del propietario del barco para conocer el equipo obligatorio que debe llevar a bordo.
Dispositivo de secado manual
Es el que sirve para evacuar el agua que se encuentra a bordo de una embarcación, ¡especialmente en caso de entrada de agua!
Puede ser una simple achicadera, un cubo, una bomba de mano o una bomba de sentina manual. Aunque la embarcación esté equipada con bombas de sentina automáticas, el capitán está obligado a llevar una de ellas, fija o móvil. El dispositivo elegido debe adaptarse al volumen de la embarcación.
Dispositivo de remolque
Para ser auxiliado y remolcado en caso de problema, cada embarcación deberá contar con un medio de amarre y un cabo adecuado para el remolque. El medio de amarre podrá ser simplemente una cornamusa en la cubierta de la nave y el cabo una cuerda flexible de al menos 50 metros.
Línea de fondeo
Está compuesta por un ancla, una cadena y un cabo de fondeo. El patrón la elegirá en función de las zonas de fondeo previstas, de las condiciones y del tipo de fondo. La línea de fondeo es obligatoria para todas las embarcaciones cuya masa en rosca sea superior o igual a 250 kilogramos o que dispongan de un motor con una potencia superior o igual a 6,1 caballos.
Tabla de mareas
En las zonas de navegación que tienen mareas, el navegante debe llevar un medio para conocer las horas y coeficientes de marea correspondientes a la zona frecuentada y al día de navegación en cuestión. A partir de 6 millas, es obligatorio llevar un anuario de mareas.
Pabellón nacional
Está encargado de informar sobre el país de matriculación y la nacionalidad del buque, por lo que es obligatorio izarlo fuera de las aguas territoriales. El tamaño del equipo debe elegirse en función del tamaño del barco.
Dispositivo de localización y asistencia para persona en el agua
Es el salvavidas que se lanza a una persona que ha caído al mar después de haberla amarrado firmemente. El capitán puede elegir su equipo entre varios modelos – boya de herradura, boya de corona o boya Silzig – y lo conectará a la embarcación con una cuerda flotante.
3 bengalas de mano
En caso de apuro, permiten a la tripulación de un buque señalarse, ser detectados por personas cercanas y luego ser rescatados. La fecha de caducidad de los dispositivos a bordo no debe ser superada.
Brújula magnética
Permite orientarse en el mar: siguiendo el mismo principio que una brújula, indica el norte, gracias al campo magnético terrestre. A bordo, debe ser estanco y cumplir con las normas. A menos de 6 millas de un refugio, no es obligatorio y puede ser sustituido por un GPS estanco con función de brújula.
Cartas náuticas
Informan al navegante sobre la zona de navegación, le permiten orientarse y verificar el buen desarrollo de la salida al mar. Las cartas náuticas pueden ser en formato papel o electrónico, y deben cubrir toda la zona de navegación frecuentada. También deben ser oficiales y estar actualizadas.
Reglamento internacional para prevenir los abordajes en el mar (RIPA)
Este documento de referencia establece las reglas de prioridad de los buques. El capitán está obligado a llevar a bordo la versión actualizada del RIPAM en papel o en formato electrónico, legible en este caso en un soporte adecuado. También existe en forma de pegatina para colocar en la cabina de su embarcación, y se publica cada año en versión actualizada en el Bloc Marine.
Descripción del sistema de balizado
Es otro documento obligatorio, que esta vez permite interpretar correctamente el balizamiento de la zona de navegación frecuentada por la nave. También puede embarcarse en el formato de su elección.
Balsa salvavidas
La balsa salvavidas permite abandonar el barco cuando la seguridad a bordo ya no está garantizada. Las balsas se almacenan en bolsas o en una caja de PVC y se autoinflan.
El navegante elegirá entre una balsa salvavidas de tipo 2, adecuada para la navegación costera, o de tipo 1, para la navegación de alta mar. El equipo debe corresponder a la categoría de la embarcación y al número de personas a bordo, para poder embarcar a todos en caso de necesidad.
Material para hacer un balance
Para navegar en buenas condiciones, el capitán de un barco debe disponer del material necesario para posicionarse, trazar y seguir una ruta. Cuando trabaje con cartas náuticas de papel, utilizará una regla de navegación, una brújula de demoras y un compás de puntas secas.
Un sistema de navegación electrónico no requerirá otro equipo.
Libro de las hogueras
Llevar a bordo el libro de faros y luces también es una obligación. Esta vez, la obra describe todas las señales y dispositivos de ayuda a la navegación que el navegante de recreo puede encontrar. También en este caso, el patrón puede elegir entre el formato en papel o digital, pero la versión que posea debe estar actualizada.
Diario de a bordo
Es el documento que el capitán lleva durante cada navegación. En él se registran los hechos notables
sucedidos a bordo, las condiciones de navegación, las medidas de precaución tomadas o las maniobras
importantes realizadas a bordo. En él deben figurar la fecha, el detalle de los miembros de la tripulación, el puerto de salida y
de llegada. En caso de avería, el diario de a bordo es el que permite reconstruir los acontecimientos ocurridos a bordo.
Dispositivo de recepción de boletines meteorológicos
Garantiza la seguridad de la tripulación al permitirle anticipar y no arriesgarse a enfrentarse a condiciones de navegación demasiado severas. Para recibir la meteorología a bordo de su barco, el navegante puede recurrir a varios dispositivos: VHF, Navtex, radio BLU o medios de comunicación por satélite.
Arnés y cuerda de seguridad
En condiciones adversas, el arnés y el cabo de seguridad se utilizan para sujetarse a la embarcación y permanecer a salvo a bordo. El arnés consta de dos tirantes y una correa ventral, o está integrado en un chaleco salvavidas hinchable. El cabo de seguridad, por su parte, es simple o está provisto de una goma elástica. Es obligatorio disponer de un arnés y un cabo de seguridad por embarcación no de vela, y de un juego por persona a bordo de un velero.
Botiquín de primeros auxilios según el artículo 240-2.16
El botiquín de primeros auxilios es obligatorio a partir de 6 millas de un refugio. Es el equipo de seguridad que permite, en caso de necesidad, prestar los primeros auxilios a bordo en espera de la llegada de los servicios de emergencia. En función de la composición de la tripulación y del programa de navegación en zona costera, semialtura o de altura, el patrón completará el botiquín de primeros auxilios para anticipar al máximo los problemas que puedan surgir en su embarcación.
Dispositivo luminoso para la búsqueda y localización nocturna
Fijo o móvil, este dispositivo debe ayudar a localizar a una persona en el mar de noche, sin visibilidad.
La estanqueidad del equipo es obligatoria.
Radiobaliza de localización de siniestros (EPIRB)
En caso de problema, es ella quien comunica el MMSI y la posición exacta del barco a los servicios de rescate para que puedan intervenir con precisión y lo antes posible.
Es obligatoria en la navegación de altura y está administrativamente vinculada a la embarcación.
VHF
Para poder comunicarse eficazmente con los servicios de emergencia y lanzar una llamada de socorro, el capitán está obligado a llevar una radio VHF fija o portátil. La VHF portátil puede ser flotante. Algunas VHF también están equipadas con un sistema de Llamada Selectiva Digital (LSD) que permite lanzar una llamada de socorro y comunicar la información de la embarcación pulsando un botón durante 5 segundos. Acoplada a un GPS, la VHF con sistema LSD transmite con precisión la posición de la embarcación.
Juntos hemos repasado los elementos de seguridad obligatorios o recomendados que debe llevar a bordo en su próxima salida al mar, en función de su zona y programa de navegación. Si aún tiene preguntas sobre la División 240 y el equipo de armamento y seguridad que debe llevar a bordo en su próxima navegación, ¡no dude en ponerse en contacto con el equipo de Bateau-immatriculation.com!