DAFN y motos acuáticas limitadas

El registro de una moto acuática (PWC)

¿Tienes un proyecto de compra de moto acuática? Para navegar con total serenidad con tu nuevo vehículo náutico a motor, es indispensable realizar una serie de trámites administrativos. Para que no te olvides de nada, Bateau-immatriculation.com te explica todo sobre el registro de tu moto acuática.

El término VNM, de vehículos náuticos a motor, es la denominación que se utiliza para las motos acuáticas.

Las normas de matriculación aplicables a las embarcaciones de recreo a motor

En Francia, toda embarcación de recreo nueva o usada de más de 2,5 metros de eslora debe ser matriculada y registrada en la DDTM (Dirección Departamental de los Territorios y del Mar). El procedimiento también es obligatorio para cualquier VNM con una potencia de motor real igual o superior a 90 kW. Debe pertenecer al menos en un 50% a un nacional de la Unión Europea (persona física o jurídica).

Al expedirle un número de matrícula único, la administración marítima se asegura de que su embarcación cumple las normas de seguridad y es identificable por los servicios de emergencia. Este número debe ser visible en el casco de la moto acuática.

Registrar un VNM: qué cambia en 2022

A partir del 1 de enero de 2022, ya no es necesario realizar los trámites de registro y matriculación por separado, ya que los procedimientos se fusionan en uno solo: el registro de una moto acuática. Se realiza ante la DDTM (oficina de matriculación).

Las tarifas de navegación también cambiarán en 2022. Hasta ahora, toda persona que navegara bajo pabellón francés debía pagar el DAFN (Derecho Anual de Registro y Navegación), cuyo importe anual varía según el tipo de embarcación de recreo y su antigüedad. Si navegaba bajo pabellón extranjero siendo ciudadano extranjero residente fiscal en Francia, o siendo francés y habiendo elegido otro pabellón (pabellón holandés, belga, británico, polaco...), se aplicaba el Derecho de Pasaporte, con un importe idéntico al DAFN.

Desde el 1 de enero de 2022, ya no hay distinción porque el DAFN y el Derecho de Pasaporte se fusionan en un único Impuesto Anual sobre los Dispositivos Marítimos para Uso Personal. El importe permanecerá inalterado y solo podrá variar en caso de cambio de motor en su embarcación y según la reducción por antigüedad, sin ser evolutivo. El impuesto debe pagarse a la Dirección de Asuntos Marítimos.

Las novedades también conciernen a los VNM restringidos

Ahora se registrarán teniendo en cuenta su potencia real. Si esta es superior a 90 kW, deberá pagar el impuesto anual (nuevo DAFN).

Si adquiere un VNM de ocasión registrado previamente con su potencia limitada, la actualización del expediente relacionada con la transferencia de propiedad deberá tener en cuenta la potencia real. Esto generará un impuesto anual si el VNM tiene una potencia superior a 90 kW.

No obstante, el artículo L423-7 del Código de Impuestos sobre Bienes y Servicios y la nota del Ministerio del Mar de fecha 24 de enero de 2022 aportan precisiones para los profesionales de la náutica de recreo. Si, y solo si, dispone de una autorización oficial para la iniciación y las rutas náuticas supervisadas en VNM, de conformidad con el decreto del 1 de abril de 2008, estará exento del impuesto anual de navegación. La solicitud de exención se realizará en el momento del registro del VNM, presentando la resolución de autorización y la declaración escrita de conformidad que acredite el límite de potencia de la moto acuática por parte del fabricante. Dado que la autorización solo es válida durante un año, deberá comunicar rápidamente su renovación o su cese.

¿Necesita ayuda con los trámites de registro de una moto acuática u otro vehículo náutico a motor? El equipo de Bateauimmatriculation.com le ofrece un acompañamiento personalizado ante todas las administraciones de gestión de la navegación.