Matriculación de embarcaciones de recreo e impuesto de navegación: los cambios en 2022

2022 trae consigo una serie de cambios en el universo de la navegación de recreo: procedimiento de registro de embarcaciones, DAFN, desmaterialización de documentos de navegación… Bateau-immatriculation.com hace un repaso de la navegación de recreo en 2022.

El registro de embarcaciones de recreo en 2022

Desde el 1 de enero de 2022, los trámites administrativos relacionados con la matriculación de embarcaciones de recreo para la navegación marítima se han simplificado. De hecho, la solicitud de matriculación en Asuntos Marítimos y la solicitud de matriculación de la embarcación para enarbolar pabellón francés en la Oficina de Aduanas se fusionan en una sola: el registro. Se realiza ante la Delegación para el Mar y el Litoral (DML) o la Dirección Departamental de Territorios y del Mar más cercana. Esto sigue afectando a las embarcaciones de recreo de más de 2,5 metros (veleros, lanchas a motor, motos acuáticas).

 

La DDTM le entregará un certificado de registro en formato PDF seguro. Ahora reemplaza la tarjeta de circulación y el acta de registro y le asigna un número de identificación (2 letras, iniciales del servicio instructor (antiguo distrito marítimo), y 6 caracteres). Excepto por un cambio (motorización, propiedad...) que debe declararse en el plazo de un mes y dará lugar a la reedición del certificado, el documento tiene una validez ilimitada. 

A partir de 2022, ya no se habla de puerto base sino de puerto de registro.

El certificado de registro debe estar presente a bordo de la embarcación de recreo y debe poder ser controlado en cualquier momento por el agente habilitado que lo solicite.

Aunque no existe un formato (papel o digital) claramente impuesto, Bateau-immatriculation.com le recomienda imprimirlo y plastificarlo para poder presentarlo durante un control en el mar.

A tener en cuenta: si matriculó o nacionalizó su embarcación de recreo antes del 1 de enero de 2022, los documentos que ya tiene en su poder siguen siendo válidos

El DAFN y el Derecho de Pasaporte se fusionan en 2022

Hasta 2021, para navegar por mar, debía pagar el DAFN (Droit Annuel de Francisation et de Navigation) o el Derecho de Pasaporte (navegación bajo bandera extranjera siendo residente fiscal en Francia), con importes idénticos. Esto concierne a todas las embarcaciones de recreo (velero, barco a motor) de más de 7 metros de eslora o con un motor de una potencia administrativa de 22 caballos administrativos y las VNM (moto acuática, jet-ski) con una potencia real de 90 kW o más.

Desde el 1 de enero de 2022, el DAFN y el Derecho de Pasaporte se fusionan en un único impuesto anual sobre las embarcaciones marítimas de uso personal. El pago del impuesto se realiza entre el 1 de enero y el 31 de marzo en línea a la Dirección de Asuntos Marítimos (y no a la Oficina de Aduanas). No habrá modificación del importe, salvo que haya cambio de motorización: La reducción está congelada desde el 01/01/2019, no hay más evoluciones posibles.

Es bueno saber que si ya estaba exento del pago de la DAFN o del Impuesto de Pasaporte, también estará exento de la tasa anual sobre las embarcaciones marítimas de uso personal: barcos de propulsión humana, kayaks, tablas de paddle surf, navegación en aguas interiores...