Matriculación de embarcaciones de recreo y tasa de navegación: los cambios en 2022
2022 trae consigo su serie de cambios en el mundo de la náutica de recreo: procedimiento de registro de embarcaciones, DAFN, digitalización de los documentos de navegación… Bateau-immatriculation.com repasa la náutica de recreo en 2022.
El registro de la embarcación de recreo en 2022
Desde el 1 de enero de 2022, los trámites administrativos relacionados con la matriculación de la embarcación de recreo para la navegación marítima se simplifican. En efecto, la solicitud de matriculación ante los Asuntos Marítimos y la solicitud de abanderamiento (francisation) de la embarcación para navegar con bandera francesa ante la Oficina de Aduanas se fusionan en una sola: el registro (enregistrement). Se efectúa ante la Delegación del Mar y del Litoral (DML) o la Dirección Departamental de Territorios y del Mar más cercana. Sigue afectando a las embarcaciones de recreo de más de 2,5 metros (veleros, barcos a motor, motos de agua).
La DDTM le expedirá un certificado de registro en formato PDF seguro. Sustituye desde ahora a la carte de circulation y al acte de francisation y le asigna un número de identificación (2 letras, iniciales del servicio instructor (antiguo distrito marítimo), y 6 caracteres). Salvo un cambio (motorización, propiedad…) que debe declararse en el plazo de un mes y dará lugar a una reedición del certificado, el documento tiene una duración ilimitada.
A partir de 2022, ya no se habla de puerto base sino de puerto de registro.
El certificado de registro debe estar presente a bordo de la embarcación de recreo y debe poder ser controlado en cualquier momento por el agente habilitado que lo solicite.
Aunque no se impone claramente ningún formato (papel o digital), Bateau-immatriculation.com le recomienda imprimirlo y plastificarlo para poder presentarlo durante un control en el mar.
El DAFN y el Derecho de Pasaporte se fusionan en 2022
Hasta 2021, para navegar en el mar, debía pagar el DAFN (Derecho Anual de Abanderamiento y Navegación) o el Derecho de Pasaporte (navegación con bandera extranjera siendo residente fiscal en Francia), con importes idénticos. Esto afecta a todas las embarcaciones de recreo (velero, barco a motor) de más de 7 metros de eslora de casco o dotadas de un motor de potencia administrativa de 22 caballos administrativos, y a las motos de agua (jet ski, scooter de mar) con una potencia real de 90 kW o más.
Desde el 1 de enero de 2022, el DAFN y el Derecho de Pasaporte se fusionan en una única tasa anual sobre las embarcaciones marítimas de uso personal. El pago de la tasa se efectúa entre el 1 de enero y el 31 de marzo en línea ante la Dirección de Asuntos Marítimos (y ya no ante la Oficina de Aduanas). No habrá modificación del importe, salvo en caso de cambio de motorización: la reducción está congelada desde el 01/01/2019, sin más evoluciones posibles.
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